Estas son las preguntas que más formulan nuestros clientes.
¿POR QUÉ ES NECESARIA LA SIRENA EXTERIOR?
La sirena es el primer elemento disuasorio en una instalación de seguridad, alertando de una posible intrusión a propietarios y policía. (La instalación se puede complementar con un aviso telefónico a policía, según normativa).
¿ESTÁN PROHIBIDAS LAS SIRENAS?
No. Están autorizadas siempre que cumplan la normativa y estén homologadas.* *Excepto el Ayuntamiento de Portugalete (Bizkaia, País Vaco).
¿QUÉ ALARMAS SON MEJORES, SISTEMAS CABLEADOS O VÍA RADIO?
Con total seguridad y sin ninguna duda, cableadas. La única ventaja que presentan los sistemas vía radio es su facilidad y rapidez de instalación, pero conllevan inconvenientes como el del funcionamiento a pilas que permite que sean anuladas por inhibidores de frecuencia de fácil adquisición. Por este motivo no están permitidas su instalación en administraciones de Lotería del Estado, joyerías, bancos y gasolineras.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE VERIFICACIÓN Y VIDEO-GRABACIÓN?
Video verificación
Cuando se produce una alarma y solo en ese momento se envían fotos a la central de alarmas para verificar la alarma. No funciona si la alarma no está puesta.
Videograbación
Igual, pero permite la grabación continua las 24 horas y hasta 30 días. Graba imágenes aunque no esté la alarma conectada. Se puede acceder a estas grabaciones desde el PC o teléfono móvil.
¿QUÉ SON LOS GRADOS DE LAS ALARMAS?
En resumen, se establecen cuatro grados en función del riesgo: