PREGUNTAS FRECUENTES

Estas son las preguntas que más formulan nuestros clientes.

¿Por qué es necesaria la sirena exterior?

La sirena es el primer elemento disuasorio en una instalación de seguridad, alertando de una posible intrusión a propietarios y policía. (La instalación se puede complementar con un aviso telefónico a policía, según normativa).

¿Están prohibidas las sirenas?

No. Están autorizadas siempre que cumplan la normativa y estén homologadas.*
*Excepto el Ayuntamiento de Portugalete (Bizkaia, País Vaco).

¿Qué alarmas son mejores, sistemas cableados o vía radio?

Con total seguridad y sin ninguna duda, cableadas. La única ventaja que presentan los sistemas vía radio es su facilidad y rapidez de instalación, pero conllevan inconvenientes como el del funcionamiento a pilas que permite que sean anuladas por inhibidores de frecuencia de fácil adquisición. Por este motivo no están permitida su instalación en administraciones de Lotería del Estado, joyerías, bancos y gasolineras.

¿Cuál es la diferencia entre verificación y video-grabación?

Videoverificación

Cuando se produce una alarma y sólo en ese momento se envían fotos a la central de alarmas para verificar la alarma.
No funciona si la alarma no está puesta.

Video-grabación

Igual, pero permite la grabación contínua las 24 horas y hasta 30 días.
Graba imágenes aunque no esté la alarma conectada.
Se puede acceder a éstas grabaciones desde el PC o teléfono móvil.

¿Qué son los grados de las alarmas?

En resumen, se establecen cuatro grados en función del riesgo:

  • Grado 1: alarmas sin conexión a CRA (Central Receptora de Alarmas)
  • Grado 2: alarmas con conexión a CRA
  • Grado 3: alarmas obligadas a tener conexión a CRA (no se permite vía radio)
  • Grado 4: alta seguridad, militares.

¿Le quedan dudas? ¡Pregúntenos!






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